|
|
|
Examen, confesión y Catecismo
Lo que dice el Catecismo sobre el examen de conciencia |
|

|
|
"todo fiel llegado a la edad del uso de razón debe confesar,
al menos una vez al año, los pecados graves de que tiene
conciencia". |
|
Examen de conciencia
Catecismo
1385. "Para responder a esta invitación, debemos
prepararnos para este momento tan grande y santo. San Pablo
exhorta a un examen de conciencia: "Quien coma el pan o beba
el cáliz del Señor indignamente, será reo del Cuerpo y de la
Sangre del Señor. Examínese, pues, cada cual, y coma
entonces del pan y beba del cáliz. Pues quien come y bebe
sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propio castigo" [1Co
11,27-29 .]. Quien tiene conciencia de estar en pecado grave
debe recibir el sacramento de la Reconciliación antes de
acercarse a comulgar."
1454. "Conviene
preparar la recepción de este sacramento mediante un examen
de conciencia hecho a la luz de la Palabra de Dios. Los
textos más adaptados a este respecto se encuentran en la
catequesis moral de los Evangelios y de las Cartas de los
apóstoles: Sermón de la montaña y enseñanzas apostólicas."
1779. "Es preciso que cada uno preste mucha atención
a sí mismo para oír y seguir la voz de su conciencia. Esta
exigencia de interioridad es tanto más necesaria cuanto que
la vida nos impulsa con frecuencia a prescindir de toda
reflexión, examen o interiorización: ”Retorna a tu
conciencia, interrógala... retornad, hermanos, al interior,
y en todo lo que hagáis mirad al Testigo, Dios. [San
Agustín]" |
Lo que dice el Catecismo sobre la confesión
1424. "Es llamado sacramento de la confesión porque
la declaración o manifestación, la confesión de los pecados
ante el sacerdote, es un elemento esencial de este
sacramento. En un sentido profundo este sacramento es
también una "confesión", reconocimiento y alabanza de la
santidad de Dios y de su misericordia para con el hombre
pecador.
Se le llama sacramento del perdón porque, por la absolución
sacramental del sacerdote, Dios concede al penitente "el
perdón y la paz".
Se le denomina sacramento de Reconciliación porque otorga al
pecador el amor de Dios que reconcilia: "Dejaos reconciliar
con Dios" [2Co 5,20 .]. El que vive del amor misericordioso
de Dios está pronto a responder a la llamada del Señor: "Ve
primero a reconciliarte con tu hermano" [Mt 5,24 .]."
1448. "A través de los cambios que la disciplina y la
celebración de este sacramento han experimentado a lo largo
de los siglos, se descubre una misma estructura fundamental.
Comprende dos elementos igualmente esenciales: por una
parte, los actos del hombre que se convierte bajo la acción
del Espíritu Santo, a saber, la contrición, la confesión de
los pecados y la satisfacción; y por otra parte, la acción
de Dios por el ministerio de la Iglesia. Por medio del
obispo y de sus presbíteros, la Iglesia en nombre de
Jesucristo concede el perdón de los pecados, determina la
modalidad de la satisfacción, ora también por el pecador y
hace penitencia con él. Así el pecador es curado y
restablecido en la comunión eclesial."
1456. "La confesión de los pecados hecha al sacerdote
constituye una parte esencial del sacramento de la
Penitencia: "En la confesión, los penitentes deben enumerar
todos los pecados mortales de que tienen conciencia tras
haberse examinado seriamente, incluso si estos pecados son
muy secretos y si han sido cometidos solamente contra los
dos últimos mandamientos del Decálogo, pues, a veces, estos
pecados hieren más gravemente el alma y son más peligrosos
que los que han sido cometidos a la vista de todos":
Cuando los fieles de Cristo se esfuerzan por confesar todos
los pecados que recuerdan, no se puede dudar que están
presentando ante la misericordia divina para su perdón todos
los pecados que han cometido. Quienes actúan de otro modo y
callan conscientemente algunos pecados, no están presentando
ante la bondad divina nada que pueda ser perdonado por
mediación del sacerdote. Porque «si el enfermo se avergüenza
de descubrir su llaga al médico, la medicina no cura lo que
ignora». [San Jerónimo]"
1457. "Según el mandamiento de la Iglesia "todo fiel
llegado a la edad del uso de razón debe confesar, al menos
una vez al año, los pecados graves de que tiene conciencia".
"Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave que no
celebre la misa ni comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir
antes a la confesión sacramental a no ser que concurra un
motivo grave y no haya posibilidad de confesarse; y, en este
caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de
contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse
cuanto antes". Los niños deben acceder al sacramento de la
Penitencia antes de recibir por primera vez la Sagrada
Comunión."
1458. "Sin ser estrictamente necesaria, la confesión
de los pecados veniales, sin embargo, se recomienda
vivamente por la Iglesia. En efecto, la confesión habitual
de los pecados veniales ayuda a formar la conciencia, a
luchar contra las malas inclinaciones, a dejarse curar por
Cristo, a progresar en la vida del Espíritu. Cuando se
recibe con frecuencia, mediante este sacramento, el don de
la misericordia del Padre, el creyente se ve impulsado a ser
él también misericordioso:
El que confiesa sus pecados actúa ya con Dios. Dios acusa
tus pecados, si tú también te acusas, te unes a Dios. El
hombre y el pecador, son por así decirlo, dos realidades:
cuando oyes hablar del hombre, es Dios quien lo ha hecho;
cuando oyes hablar del pecador, es el hombre mismo quien lo
ha hecho. Destruye lo que tú has hecho para que Dios salve
lo que El ha hecho... Cuando comienzas a detestar lo que has
hecho, entonces tus obras buenas comienzan porque reconoces
tus obras malas. El comienzo de las obras buenas es la
confesión de las obras malas. Haces la verdad y vienes a la
Luz. [San Agustín]"
1467. "Dada la delicadeza y la grandeza de este
ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia
declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado
a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus
penitentes le han confesado, bajo penas muy severas. Tampoco
puede hacer uso de los conocimientos que la confesión le da
sobre la vida de los penitentes. Este secreto, que no admite
excepción, se llama "sigilo sacramental", porque lo que el
penitente ha manifestado al sacerdote queda "sellado" por el
sacramento."
1482. "El sacramento de la Penitencia puede también
celebrarse en el marco de una celebración comunitaria, en la
que los penitentes se preparan a la confesión y juntos dan
gracias por el perdón recibido. Así la confesión personal de
los pecados y la absolución individual están insertadas en
una liturgia de la Palabra de Dios, con lecturas y homilía,
examen de conciencia dirigido en común, petición comunitaria
del perdón, rezo del Padre Nuestro y acción de gracias en
común. Esta celebración comunitaria expresa más claramente
el carácter eclesial de la penitencia. En todo caso,
cualquiera que sea la manera de su celebración, el
sacramento de la Penitencia es siempre, por su naturaleza
misma, una acción litúrgica, por tanto, eclesial y pública."
1486. "El perdón de los pecados cometidos después del
Bautismo es concedido por un sacramento propio llamado
sacramento de la conversión, de la confesión, de la
penitencia o de la reconciliación."
1491. "El sacramento de la Penitencia está
constituido por el conjunto de tres actos realizados por el
penitente, y por la absolución del sacerdote. Los actos del
penitente son: el arrepentimiento, la confesión o
manifestación de los pecados al sacerdote y el propósito de
realizar la reparación y las obras de penitencia."
|
|
|
|